A continuación les detallamos los pasos a seguir:
1.-En primer lugar, saber si hay testamento, o no, por parte de la persona fallecida titular de los contratos de Afinsa, para lo que habrá que presentar las últimas voluntades. Si no hay testamento, tendrán que presentar la declaración de herederos.
2.- A continuación tendrán que hacer, o haber hecho, la escritura de Aceptación y partición de herencia y saber a quién se les han adjudicado los contratos con Afinsa. De no existir dicha escritura bastará con hacer un documento privado de aceptación y adjudicación del crédito de la concursada Afinsa Bienes Tangibles S.A. "En liquidación", firmado por todos y cada uno de los herederos.
3.- Llevar el documento del paso anterior a Hacienda para liquidar el impuesto de Sucesiones y Donaciones o acreditar su exención.
4.- Tras los pasos anteriores deberán difigirse a la Administración Concursal presentando fotocpia de la siguiente documentación:
- Certificado de defunción.
- Certificado del Registro de últimas voluntades.
- Testamento o Declaración de herederos.
- Escritura de Aceptación y partición de herencia, o el documento privado mencionado en el paso 2.
- Justificante de haber presentado el impuesto de Sucesiones y Donaciones o acreditar su exención.
- Fotocopia del DNI de todos los herederos.
- Domicilio y teléfono actualizado de todos los herederos.
Esta documentación deberán enviarla a:
AFINSA BIENES TANGILES S.A. C/ LAGASCA 88 28001 MADRIDPlaza de la Catedral, 5. Entreplanta D 02001 - Albacete
administracion@arpfi.es